La Sentencia 781/2025 del TSJ de Murcia determina que los formadores que imparten cursos para la FREMM no mantienen una relación laboral, sino un arrendamiento de servicios.
Motivos principales
Actúan con plena autonomía, sin órdenes directas ni integración en la estructura organizativa.
Organizan libremente su actividad, preparan sus materiales y pueden sustituirse sin autorización.
Asumen riesgo económico, ya que su remuneración depende del número de alumnos y de que la entidad cobre la subvención.
No utilizan medios corporativos, no tienen vacaciones retribuidas y pueden trabajar para terceros.
El Tribunal concluye que, al no apreciarse dependencia, no existe relación laboral, desestimando el recurso de la TGSS.