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AYUDAS | Línea de subvenciones relativas a Cheques de INNOVACIÓN-REACT-UE

Orden IND/44/2022, de 22 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria en 2022 de la línea de subvenciones relativas a Cheques de INNOVACIÓN-REACT-UE, financiadas con recursos REACT- UE del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a través del Programa Operativo FEDER 2014 – 2020 de Cantabria como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19.

Objetivos:

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a pymes y autónomos del sector industrial y de servicios de apoyo a la industria afectados por la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia del COVID-19, para apoyar inversiones que contribuyan a la transición hacia una economía digital como objetivo específco de los recursos adicionales REACT UE previstos en el Reglamento (UE) 2020/2022 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de diciembre de 2020 por el que se modifca el Reglamento (UE) nº 1303/2013, en lo que respecta a los recursos adicionales y las disposiciones de ejecución a fn de prestar asistencia para favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID 19 y sus consecuencias sociales para preparar un recuperación verde, digital y resiliente de la economía.


2. La finalidad de estas subvenciones es financiar la implantación de herramientas TIC y servicios de consultoría, apoyando los gastos de consultoría, ingeniería y de hardware-software técnico.


3. La ayuda se enmarca dentro del CCl Cantabria 2014 ES16RFOP008, eje prioritario 20 REACT- EU, prioridad de inversión 13.i, objetivo específco 3.2, código de actuación 37 «Medidas de ayuda económica a los sectores más afectados por la crisis de la COVID-19: cheques de innovación para pymes».


4. Las subvenciones contempladas en esta orden tienen el carácter de ayudas de minimis y están sujetas al Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Beneficiarios:

Podrá tener la condición de benefciaria la pyme o autónomo, cualquiera que sea su forma jurídica, que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud, sea titular en Cantabria de una de las actividades económicas relacionadas en el apartado 2 de la Orden y esté dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social. La concurrencia de las citadas circunstancias se apreciará de ofcio por el órgano instructor.

Plazo de solicitud:  01/08/2022

Más informaciónBasesConvocatoria

Consulta aquí todas las convocatorias en vigor.

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