Orden IND/18/2022, de 30 de marzo, por la que se modifica la Orden INN/17/2016, de 31 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al sector de la distribución comercial minorista en Cantabria.
Objetivo:
Subvenciones destinadas al sector de la distribución comercial minorista en Cantabria.
Beneficiarios:
1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las pequeñas empresas comerciales o de prestación de servicios complementarios al comercio cuyo establecimiento, objeto de la inversión, se encuentre radicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria y siempre que su actividad principal se encuentre incluida en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE):
– Agrupación 64: Todos los epígrafes. (Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes).
– Agrupación 65: Todos los epígrafes. (Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes).
– Grupo 661: Epígrafe 661.3. (Comercio en almacenes populares).
– Grupo 662: Todos los epígrafes. (Comercio mixto o integrado al por menor).
– Grupo 663: Todos los epígrafes (Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente).
– Grupo 691: Epígrafes 691.1 (Reparación de artículos eléctricos para el hogar) y 691.9 (Reparación de otros bienes de consumo).
– Grupo 856: Todos los epígrafes. (Alquiler de bienes de consumo).
– Grupo 971: Todos los epígrafes. (Lavanderías, tintorerías y servicios similares).
– Grupo 972: todos los epígrafes. (Salones de peluquería e institutos de belleza).
– Grupo 973: Epígrafes 973.1 (Servicios fotográficos) y 973.3 (Servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras).
- Grupo 975: Todos los epígrafes. (Servicios de enmarcación).
Plazo de solicitud: Pendiente de convocatoria
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