El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto que reforma la regulación de la jubilación flexible con el objetivo de incentivar el retorno voluntario a la actividad laboral de las personas ya jubiladas.
La nueva normativa sustituye al Real Decreto 1132/2002 y amplía las posibilidades de compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación con el desempeño de una actividad laboral o profesional.
Entre las principales novedades destacan:
• La posibilidad de compatibilizar la pensión con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, con jornadas comprendidas entre el 33 % y el 80 % de la jornada completa.
• La incorporación de la compatibilidad con determinadas actividades por cuenta propia, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la norma.
• La introducción de incentivos económicos adicionales para quienes accedan a la jubilación flexible transcurridos al menos seis meses desde el reconocimiento de la pensión, pudiendo incrementarse la cuantía de la pensión compatible en determinados supuestos.
• La regulación expresa de diversos aspectos comunes a las modalidades de compatibilidad entre jubilación y trabajo, reforzando la seguridad jurídica de estas situaciones.
La norma entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y tiene como finalidad favorecer la permanencia voluntaria en la actividad laboral y aprovechar la experiencia profesional de las personas jubiladas.
Consulta el Real Decreto 416/2026 aquí.