El Real Decreto 643/2026, de 29 de julio, modifica el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, así como el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
La norma introduce cambios destinados a simplificar determinados trámites administrativos, ampliar los plazos de comunicación de datos y agilizar la gestión de los aplazamientos de deudas con la Seguridad Social. Además, establece una nueva obligación para las empresas en relación con la comunicación de la ocupación laboral de sus trabajadores.
Principales novedades
- Se amplía de 3 a 6 días naturales el plazo para comunicar a la Seguridad Social las bajas y las variaciones de datos de los trabajadores.
- Se consolida el carácter inaplazable de las cuotas correspondientes a contingencias profesionales, tanto para trabajadores por cuenta ajena como para trabajadores autónomos.
- Se actualizan los importes de las deudas aplazables que pueden beneficiarse de la exención de garantías, facilitando el acceso a los aplazamientos.
- Se agiliza el procedimiento de concesión de aplazamientos, incorporando la posibilidad de tramitación y resolución automatizada para aquellos casos en los que no sea necesario constituir garantías.
- Las empresas dispondrán de seis meses para comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el código de ocupación laboral de todos los trabajadores en alta, conforme a la Clasificación Nacional de Ocupaciones.
Aspectos de especial interés para las empresas
Las empresas deberán adaptar sus procedimientos internos a los nuevos plazos de comunicación de bajas y variaciones de datos, así como revisar la información registrada de sus trabajadores para cumplir con la obligación de comunicar el código de ocupación laboral dentro del plazo establecido. Asimismo, la nueva regulación facilita la gestión de los aplazamientos de deudas con la Seguridad Social mediante un procedimiento más ágil y automatizado.
Recomendaciones para las empresas
Se recomienda revisar los procedimientos internos relacionados con la gestión de la Seguridad Social, actualizar la información de los trabajadores y valorar las nuevas posibilidades de aplazamiento de deudas previstas en la norma para aprovechar las medidas de simplificación administrativa.