Publicación
- 10/12/2024
Plazo
- 30/06/2025
Estado
- Abierta/En curso
Descripción
- Extracto de la Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se convoca las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento IV (entre 50 y menos de 100 empleados) y el Segmento V (entre 100 y menos de 250 empleados) en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el PRTR - Next Generation EU (Programa Kit Digital)
Beneficiarios
- Podrán ser beneficiarios de esta Convocatoria de ayudas las entidades del artículo 7.1.a) de las Bases Reguladoras, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en los Segmentos IV y V que establece el artículo 7.2 de las Bases Reguladoras: d) Segmento IV: Medianas empresas entre 50 y menos de 100 empleados. (En este segmento se incluyen las empresas con menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros). e) Segmento V: Medianas empresas entre 100 y menos de 250 empleados.
Objeto
- Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria "bono digital") de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias: Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras. y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente. Y no habrá mejora funcional cuando se trate de: El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente. La actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor publique sobre una versión existente. Upgrades o mejora de versiones.