En el artículo 5 de la Orden ICT/1292/2021, de 15 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del «Programa Innova Invest» de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., se establecen los siguientes requisitos para poder obtener la condición de beneficiario:
a) Ejercer una actividad económica, cualquiera que sea su forma jurídica. Deberán acreditar la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
b) Estar válidamente constituidas en España en el momento de la concesión de la subvención.
c) Contar con una participación extranjera de al menos el 50% de su capital social. Los socios extranjeros que participen en el capital podrán ser tanto personas jurídicas domiciliadas en el extranjero, como personas físicas no residentes en España.
d) No tener contraída una deuda con ICEX.
e) Cumplir con los requisitos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
f) No encontrarse en situación de "empresa en crisis", de conformidad con el artículo 1.4.c) del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y de acuerdo con la definición de "empresa en crisis" prevista en el artículo 2.18) de dicho reglamento".
g) Cumplir con la normativa vigente en materia de inversiones extranjeras.
h) Cumplir con la normativa vigente en materia de igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación.
i) No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, o estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
j) Aceptar la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo anexo V).