El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones por SODERCAN, S. A. destinadas a paliar el impacto económico producido por el conflicto en Ucrania en el sector de panadería, bollería y pastelería, al tratarse de un sector fuertemente afectado por la crisis derivada del citado conflicto bélico. Estas subvenciones se dirigen a las empresas y autónomos/as que reúnan la condición de persona beneficiaria según lo previsto en el artículo 2 del presente decreto y cuya actividad, necesariamente dada de alta con anterioridad al 1 de enero de 2023, se encuadre en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), de acuerdo con su certificado de situación censal emitido por la AEAT:
a) 419.1: Industrias del pan y de la bollería.
b) 419.2: Industrias de la bollería, pastelería y galletas.