Financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales

Publicada: miércoles, 1 de noviembre de 2023

Publicación


01/11/2023

Plazo


05/12/2023

Estado


Abierta/En curso

Descripción


Orden EFP/1189/2023, de 30 de octubre, por la que se modifica la Orden EFP/705/2022, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigidas a las personas trabajadoras, y se realiza la convocatoria de ámbito estatal para el año 2022; y por la que se procede a la convocatoria de ámbito estatal de la concesión de subvenciones a entidades de formación para el año 2023.

Beneficiarios


Podrán solicitar subvenciones para financiar la ejecución de los distintos tipos de programas vinculados:

a) Las entidades de formación, públicas o privadas, acreditadas, e inscritas en su caso, para la impartición de los certificados de profesionalidad que solicitan.

Si una entidad se presenta al amparo de esta letra a) no podrá participar en ninguna de las agrupaciones previstas en la letra b) para el mismo tipo de programa de formación.

b) Podrán tener asimismo la condición de beneficiarias las agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con presencia en el ámbito nacional, debiendo disponer en dicho ámbito de instalaciones debidamente acreditadas, e inscritas en su caso, que permitan la impartición de las acciones formativas solicitadas, constituidas por entidades de formación públicas o privadas, acreditadas y/o inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, para las acciones formativas objeto de la formación, ya sea en la modalidad presencial, de teleformación o mixta. Las agrupaciones deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. Cada entidad agrupada deberá ejecutar la parte del programa de formación comprometido. La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Objeto


Líneas de programas de formación:

a) Línea I: Formación vinculada a certificados de profesionalidad, ofertados en su totalidad o de manera parcial y con carácter modular, dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, constituida por programas de formación sectoriales y transversales, así como programas dirigidos a trabajadores autónomos o a entidades de economía social.

b) Línea II: Formación dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, constituida por acciones formativas específicas vinculadas a certificados de profesionalidad, ofertados en su totalidad o de manera parcial y con carácter modular, para responder a las necesidades de cualificación detectadas por empresas. Podrán participar en esta línea las entidades de formación acreditadas que presenten programas acordados con una o varias empresas, o entidad que las represente o agrupe. A estos efectos los programas deberán contemplar el convenio o instrumento jurídico admitido en derecho acordado con dichas empresas o entidades, y que responderá a las áreas prioritarias definidas en el artículo 5.3.

c) Línea III: Formación dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas, constituida por programas de formación específicos vinculados a certificados de profesionalidad, ofertados en su totalidad o de manera parcial y con carácter modular. Con el fin de garantizar que todos los desempleados del país tengan acceso a los programas de formación priorizados por el Gobierno de España, estas deberán referirse a las áreas prioritarias establecidas en el artículo 5.3.

Observaciones


Modificación de basses:

Extracto de la Orden EFP/1189/2023, de 30 de octubre, por la que se procede a la convocatoria de ayudas para el año 2023 y se modifica la Orden EFP/705/2022, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigidas a las personas trabajadoras, y se realiza la convocatoria de ámbito estatal para el año 2022.

Corrección de la orden de convocatoria:

Corrección de errores del extracto de la Orden EFP/1189/2023, de 30 de octubre, por la que se procede a la convocatoria de ayudas para el año 2023 y se modifica la Orden EFP/705/2022, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigidas a las personas trabajadoras, y se realiza la convocatoria de ámbito estatal para el año 2022.

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